APROBACIÓN DEL OBISPADO
PREÁMBULO
TITULOS
  Preliminar
I De los miembros de la Hermandad
II Del régimen de Gobierno de la Hermandad 
III De los actos de la Hermandad 
IV De los bienes y los fondos de la Hermandad
V De las relaciones externas de la Hermandad
VI Del Régimen Disciplinario
VII De la interpretación de los Estatutos
VIII De la extinción de la Hermandad
DISPOSICIONES FINALES
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DE RÉGIMEN INTERNO DE LA HERMANDAD


DISPOSICIÓN TRANSITORIA 

La Hermandad se regirá por los Estatutos aprobados por la Autoridad Eclesiástica en 1.998, hasta que ésta dé la aprobación definitiva a los presentes Estatutos.



DISPOSICIÓN DEROGATORIA 
A partir de la entrada en vigor de los presentes Estatutos quedan derogados los anteriores Estatutos de 1.998.



DISPOSICIÓN FINAL 

Los presentes Estatutos una vez sean aprobados por la Junta General serán aplicados provisionalmente hasta su entrada en vigor una vez que sean aprobados por el Excmo. y Rvdmo. Obispo de la Diócesis de Cuenca, momento en el que se procederá a su impresión y posterior puesta a disposición de todos los miembros de la Hermandad.



DILIGENCIA APROBATORIA 
Los presentes estatutos, habiendo conocido de las alegaciones formuladas por los hermanos en el periodo de exposición publica, y sometidos a aprobación a la Junta General Extraordinaria, celebrada el sábado día 23 de Febrero del 2.002, fueron íntegramente aprobados, de lo cual como Secretario doy fe, en Cuenca a 23 de Febrero del 2.002.